BARCLAYS BANK, OBLIGADO A RETIRAR UN ANUNCIO EN LA TELEVISIÓN ESPAÑOLA, POR PUBLICIDAD ILÍCITA. El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla ha aceptado las medidas cautelares solicitadas por Ausbanc Consumo, y prohíbe a la entidad bancaria emitir por televisión el anuncio de la ´Cuenta Nada Corriente´ por vulnerar los derechos de los consumidores. El anunciante ha reconocido la imposibilidad de leer el texto con las condiciones del producto financiero, pero no la ilicitud de la campaña publicitaria. Ante la demanda formulada en el mes de abril por Ausbanc Consumo, en la que se criticaba el anuncio emitido por Barclays, por vulnerar los derechos de los consumidores, la entidad modificó dicho anuncio y planteó una nueva campaña en la que las condiciones contractuales de la ´Cuenta Nada Corriente´ son legibles para los telespectadores. Pero, ante la posibilidad de que el anuncio ilícito vuelva a repetirse en las televisiones, el Juzgado ha ordenado la medida cautelar solicitada por Ausbanc.